face-campal

DOCUMENTOS PARA CIRCULAR EN MOTO

Para garantizar un viaje seguro y sin sorpresas a bordo de una moto, es necesario repasar cuáles son los requisitos de circulación de cada vehículo en las rutas de la provincia de Buenos Aires.

 ¿Qué documentación necesito para circular en moto?

  • DNI
  • Cédula verde / cédula azul.
  • Licencia de Conducir.
  • Comprobante de tu seguro vigente.
  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.
  • RTO o VTV en los lugares del país que sean obligatorias.
  • Comprobante de pago de la patente.
  • Patentes legibles y normalizadas.

 ¿Qué clase de licencia preciso para andar en moto?

  • Una licencia de conducir clase A. Permite manejar ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados.

 

Como hacer transferencia moto en Mercado Libre Argentina

 ¿A partir de qué edad puedo manejar una moto?

  • A partir de los 16 años, en tanto no se lleven pasajeros. Se necesita la autorización de los padres para tramitarla.

 ¿Es obligatorio usar casco cuando van dos?

  • Sí, ambos deben usar cascos normalizados. Además, el conductor debe llevar anteojos si la moto no tiene parabrisas.

 ¿Qué es un casco normalizado?

  • Exterior duro y liso con marcas retrorreflectivas.El casco normalizado es un casco especial para andar en moto que tiene alguna de estas características:
  1. Interior con un relleno amortiguador de alta densidad.
  2. Acolchado flexible adherido al relleno, que ajusta el casco a la cabeza.
  3. Sistema de retención de cintas y hebilla que pasado por debajo del mentón sujeta correctamente el casco a la cabeza.
  •  Los cascos industriales no se pueden usar para andar en moto.

  ¿Puedo usar auriculares mientras manejo una moto?

  • No. Tampoco si se maneja un auto.

 ¿A qué velocidad se maneja?

  • Las velocidades máximas son:
  1.  40 kilómetros en calles.
  2. 60 kilómetros en avenidas.
  3. 110 kilómetros en zona rural.
  4. 120 kilómetros en semiautopistas.
  5. 130 kilómetros en autopistas.
  •  En una calle con semáforos coordinados, la velocidad de coordinación de los semáforos.

 ¿La moto debe tener seguro?

  • Sí, es obligatorio que la moto tenga seguro que cubra daños a terceros, transportados o no. Se puede contratar con cualquier empresa autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

 ¿Hay que llevar el comprobante de seguro de la moto?

  • Sí, hay que llevar siempre el comprobante de seguro vigente, con fecha de inicio y fin de la cobertura. No es necesario llevar el recibo de pago del seguro.

 Si manejo una moto que no es mía, ¿qué documentación debo llevar?

  • Hay que llevar una autorización que hace el dueño de la moto. Se la conoce como cédula rosa. Para tramitarla, se debe pedir un turno desde la web del Registro Automotor. La autorización puede cancelarse en cualquier momento.

 ¿Dónde se debe llevar el número de patente de la moto?

  • En la placa patente de la moto.
  • Ante la gran ola de robos, la provincia de Buenos Aires implementó la obligación de grabar también el número de patente en el casco (en cada costado, con números y letras reflectantes) y el chaleco reflectante (frente y dorso) mediante la Ley 15.143.
Etiquetas: Sin etiquetas

Los comentarios están cerrados.