Tener tu auto asegurado es obligatorio según la ley vigente en Argentina. Esta ley establece que tenés que contratar un seguro contra terceros. Pero, ¿Qué pasa si estás por comprar un auto usado? ¿O un 0 KM? ¿O por vender el tuyo? ¡Cuántas preguntas!
No te preocupes: a continuación, te resolvemos algunas de las dudas más frecuentes con la ayuda de un especialista de Campal P&A Seguros
Voy a comprar un auto usado: ¿Cómo hago para asegurarlo?
Si todavía no tenés el auto a tu nombre, podés enviarnos la cédula del titular anterior para pasar la inspección y después, cuando la tengas a tu nombre (ya que es un proceso que puede tener algo de demora) nos la enviás por mail y la actualizamos. No hay ningún problema para asegurarte con la cédula del titular anterior.
Podés elegir la empresa aseguradora que vos quieras, no tenés que quedarte con la que haya elegido su dueño anterior.
Si comprás un auto usado que ya tiene Campal P&A Seguros, tenés que hacer una nueva póliza y darte de alta de nuevo. En este caso, comunicate por teléfono (011.4459.7995 / 011.4459.7481) porque tenés un descuento especial.
Si el auto estaba asegurado con otra empresa y querés pasarte a Campal P&A Seguros, es muy importante que no te des de baja de la anterior hasta tener aprobada la inspección con nosotros. Podés mantener el seguro de la otra persona hasta que puedas terminar la transferencia y darte de alta.
Si el auto tiene alguna deuda, te recomendamos hablarlo con quien te lo esté vendiendo para coordinar de antemano. Si vas a hacer la transferencia enseguida, te conviene hacer un acuerdo entre partes y mantener el seguro anterior hasta que puedas darte de alta y tener aprobada la inspección con Campal P&A Seguros. La idea es que no tengas el auto sin seguro, ni siquiera unas horas.
Algo importante a tener en cuenta: preguntale a la persona que te vende el auto cómo contrató el seguro y averiguá cómo darlo de baja antes de completar la transacción, porque puede tenerlo contratado a través de un productor o un tercero.
Voy a comprar un 0 KM, ¿Cómo y cuándo me conviene contratar mi seguro?
Si vas a comprar tu auto nuevo en una concesionaria, tené en cuenta que podés elegir el seguro que vos quieras. Te recomendamos leer la letra chica de los contratos en caso de que mencione un seguro obligatorio.
Cuando ya estés por retirar tu auto y nos llames para tener tu póliza, previo a poder hacer la inspección, habitualmente lo que se hace es poner una patente provisoria. Este número se usa para dar de alta la póliza y que puedas salir de la concesionaria con seguro.
Cuando sepas la fecha de entrega del auto, el alta y la póliza se activan a partir de ese día. En ese momento, te bajás la app y hacés la inspección.
Para los 0 KM, lo único que necesitás es la cédula verde (o algún comprobante de la cédula) y el certificado de no rodamiento. Por tratarse de un 0 KM, no hace falta que subas las fotos para la inspección.
En todos los planes, tenés las primeras 72 horas cubiertas aunque todavía no hayas hecho la inspección. Es importante que la hagas durante ese lapso, pero esto es para que puedas salir del concesionario y estar cubierto para circular. Una vez que ya tenés el número de patente, te comunicás con nosotros para actualizarla.
Si tu auto es prendado, podemos asegurarlo sin importar en qué cuota se encuentre tu prenda. Lo único que necesitás es el aval de tu acreedor prendario para cambiar de seguro.
Voy a vender mi auto usado: ¿Cómo me doy de baja?
Si vas a vender tu vehículo y querés darte de baja
Tené en cuenta que si das la baja por venta antes de tiempo, te quedas automáticamente sin cobertura. Por eso, te conviene hacerlo cuando ya le entregaste el auto a la persona.
Hay muchas compañías que tienen límites de tiempo para darse de baja. Con Campal P&A podés darlo de baja en cualquier momento. Por eso, si tenés otra aseguradora y querés cambiarte a Campal P&A Seguros, primero comunicate con tu otra compañía y averiguá si podés darlo de baja.
Si tenés que dar de baja tu auto por venta, no tenés que comunicarte con ningún tercero. Sólo tenés que llamarnos y en ese mismo momento, sin límite de tiempo, te damos de baja. Si querés cambiar de aseguradora, funciona de la misma forma, sólo te vamos a pedir el certificado de cobertura o comprobante de pago de la otra compañía.
Algunas cuestiones legales importantes: cuando entregues tu vehículo, tené en cuenta que la eximición de la responsabilidad civil sólo opera cuando realizás la denuncia de venta ante el Registro Automotor correspondiente. Si estás en CABA, una vez que hagas la denuncia de la venta tenés que presentarla en AGIP. Podés consultar al 0800-999-2727.
No hagas la baja del seguro antes que la denuncia de venta. Lo ideal es que puedas coordinar con tu comprador para hacer la transferencia en el Registro Automotor en el que esté radicado el auto.
Queremos que el proceso de elegir un seguro sea fácil y que tengas toda la información que necesitás.
En esta oportunidad, queremos recordarles que a partir del 1° de agosto de 2022 y según lo establecido por la Disposición del Poder Ejecutivo Nacional (DI-2021-73-APN-DNRPA) es obligatorio el patentamiento de trailers y pequeños acoplados Categoría 01.
A partir de dicha fecha ya no podrán circular sin la patente otorgada por la DNRPA, siendo aplicables las sanciones previstas por la Ley Nacional de Tránsito.
Durante este periodo de transición, CAMPAL P&A SEGUROS continuará acompañando la medida, permitiendo el aseguramiento con ambos formatos de patentes.
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COMUNICADO Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte de la Nación
Trailers y casas rodantes: el Gobierno Nacional extiende el plazo para el nuevo patentamiento y facilita las condiciones de su reglamentación
Luego de mantener reuniones con los representantes del sector, el ministerio de Transporte, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte de la Nación, oficializará la normativa que extiende el plazo de entrada en vigencia del nuevo patentamiento de tráileres y casas rodantes categoría O1 hasta el 01 de agosto, momento en el cual ya no podrán circular sin patente emitida por la DNRPA.
Además, atendiendo los reclamos del sector, la nueva normativa conjunta con la DNRPA (Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios) que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial en las próximas horas, incorpora variaciones al peso y al ancho de los trailers de la categoría O1 para no dejar afuera a pequeñas casas rodantes y admitiendo, por ejemplo, espejos extensibles cuando el trailer ó casa rodante resulte más ancho que el vehículo tractor.
Otra modificación importante que hizo la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), a cargo de Pablo Martínez Carignano, dentro de la categoría O1 es la puesta en marcha de una chapa única que sirva en todos los casos, esto significa que el trailer será homologado y patentado junto a un vehículo tractor, dicho patentamiento también le servirá para ser utilizado en conjunto con cualquier otro vehículo tractor – reemplazando la situación vigente que establecía la necesidad de tener una chapa por cada vehículo tractor.- Esto tiene como objetivo facilitar la reglamentación de la medida y agilizar los procesos de patentamiento a los rodantes.
A su vez, en lo referido a los trailers y casas rodantes categorías O2 y O3, la Subsecretaría de Transporte Automotor, organismo dependiente del ministerio de Transporte de la Nación, determinó una ampliación en el tiempo de adecuación y regularización que abarca hasta el 31 de diciembre del 2023. Asimismo, incluye la modificación en la necesidad de tener a cada vehículo tractor con una chapa diversa, por lo tanto, unifica y reemplaza esto por la obligatoriedad solamente de una única chapa para todos los vehículos tractor.
Es necesario aclarar que en todos los casos aquellos propietarios que trasladen este tipo de vehículos sin cumplir con los nuevos requisitos a partir de vigencia de la medida, podrán recibir las sanciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito ya que no estará permitido circular con la placa denominada como “patente 101”. En este sentido, se reemplazará con una placa de identificación metálica otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), una vez certificado y corroborado que son seguros para la circulación por la vía pública.
¿Cómo patentar un tráiler o casa rodante Categoría O1 y O2?
En primer lugar, para realizar el trámite de patentamiento de los traillers y casas rodantes categoria O1, la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor se requerirá un Certificado de Seguridad Vehicular emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). La emision de dicha certificacion requiere de un informe técnico confeccionado y firmado por un ingeniero matriculado.
En el caso de los trailers y casas rodantes categorias O2 y O3, El informe Técnico (CSV) deberá ser realizado por los talleres de Jurisdicción Nacional distribuidos en todo el territorio nacional, correspondientes al registro de los mismos bajo Disposición 1/2022 de la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte.
Luego, una vez que el informe técnico sea remitido por el colegio de ingenieros o taller de revisión técnica -según corresponda- y abonado el certificado, se iniciará un trámite online ante el Registro de Propiedad Automotor, ingresando en https://www.dnrpa.gov.ar/portal_dnrpa/ a fin de finalizar el tramite y retirar la nueva chapa patente.
Finalmente, concluidos estos pasos, el registro de propiedad automotor le indicará a partir de qué fecha podrá retirar las nuevas placas.
Estar embarazada genera grandes cambios en la cotidianeidad de la mujer, sin embargo, conducir no tiene ninguna restricción por parte de los médicos ni de las autoridades de tránsito, siempre y cuando el embarazo transcurra de forma normal.
Es verdad: nadie imagina ni espera tener un accidente. Si bien la mayoría de las veces esto es así, hay ocasiones en las que estos imprevistos ocurren y en algunos casos pueden ser graves. Incluso en ese difícil momento, siempre es mejor contar con una ayuda para superarlo de la mejor manera. Un Seguro de Accidentes Personales puede hacer toda la diferencia.
» Hoy en día, hay muchas opciones para que disfrutes de tu vida con la mayor tranquilidad. Visitá el sitio web de campalseguros.com.ar o contactate al 153.194.0460 para encontrar un plan a tu medida. «
¿QUÉ CUBRE UN SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES?
ElSeguro de Accidentes Personales cubre muertes accidentales en tránsito, muertes accidentales en transporte público e invalidez total o parcial permanente por un accidente. Hay planes familiares, para trabajadores independientes, para profesionales y para el personal doméstico con cobertura desde el momento en que contratás el seguro o cuando vos lo indiques. Las pólizas suelen cotizarse a la medida de tus necesidades. Para eso, se tiene en cuenta el riesgo de la actividad que hacés, la suma asegurada que más te conviene y la vigencia que necesites.
¿QUÉ DEBO CONSIDERAR PARA CONTRATAR UNO?
Límites de edad: Paracontratar un Seguro de Accidentes Personales, la persona asegurada debe tener entre 14 y 69 años.
Cobertura y suma asegurada:Todas las pólizas incluyen una suma asegurada que se especifica en las condiciones. La empresa de seguros deberá pagar este monto si la persona asegurada fallece en un accidente cubierto. Muchas compañías extienden la cobertura al tránsito o a la permanencia en el extranjero, salvo en países que no tengan relaciones diplomáticas con la Argentina.
Indemnización:Casi todas las pólizas ofrecen protección familiar para que el cónyuge y los hijos también tengan cobertura. En caso de fallecimiento del asegurado, los beneficiarios reciben el 100% de la suma asegurada después de 180 días del accidente cubierto. En caso de invalidez parcial permanente, la persona recibe como compensación un porcentaje de la suma asegurada.
¿CON QUÉ OTROS SERVICIOS CUENTO SI CONTRATO EL SEGURO CAMPAL SEGUROS?
Asistencia Médica:Este servicio te asegura Asistencia Médica las 24 horas a vos, tu cónyuge y tus hijos, las 24 horas del día y en cualquier lugar del país.
Ambulancia:Cuando sufrís una urgencia o emergencia, vas a tener un servicio de ambulancias a tu disposición. Además, te podés quedar tranquilo porque no hay límite de uso para este importante beneficio.
Consulta médica a domicilio:Este servicio adicional te permite proteger la salud de tu familia desde tu hogar, evitando que se expongan cuando lo más conveniente es permanecer en casa.
Después de todo, la vida está hecha para disfrutarla. Por ese motivo, es fundamental que estemos preparados para cualquier sorpresa. Un buen seguro de accidentes personales nos garantiza la tranquilidad que merecemos en los momentos difíciles de la vida.
Muchos accidentes tanto en la ciudad como en la ruta son causados porque uno de los conductores involucrados no llegó a activar los frenos a tiempo. ¿Por qué ocurre esto tan a menudo? Porque no solemos guardar una distancia prudente con quien viene delante nuestro, reduciendo al mínimo las chances de frenar.
Para evitar estos problemas, los expertos en seguridad han realizado numerosas pruebas para intentar determinar la distancia «ideal» que debería haber entre dos vehículos para activar los frenos a tiempo y reducir al mínimos las posibilidades de accidentes. .
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¿CÓMO CALCULAR LA DISTANCIA DE FRENADO?
La distancia de frenado es la que recorre un vehículo desde que se pisa el freno hasta que efectivamente se detiene. Va a depender de varios factores, como la velocidad, las condiciones del camino y climáticas, el auto y el conductor. A continuación, hacemos un repaso para calcularla.
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¿QUÉ ES LA DISTANCIA DE FRENADO Y CÓMO CALCULARLA?
Empecemos por lo básico: la distancia de reacción es la que se recorre hasta que el conductor se da cuenta de que debe frenar. Depende de su tiempo de reacción y de la velocidad del vehículo. El promedio es un segundo. Este tiempo puede aumentar en conductores más inexpertos, y también influyen el estado anímico y físico. Un vehículo que circula a 36 km/h recorre 10 metros en un segundo, 20 metros a 72 km/h, y así.
En cuanto a la distancia de frenado, es el recorrido que el sistema de frenado necesita para detener totalmente el vehículo. Tiene que ver con nuestra habilidad, pero también influyen muchos factores:
Las condiciones climáticas: si el pavimento está húmedo, tu distancia de reacción no se modifica, pero la de frenado se incrementa 105 metros.
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EL TIPO DE SUPERFICIE Y SU ESTADO.
El tipo de vehículo que manejás también influye notablemente. Por ejemplo: si manejás un camión que lleva peso no vas a frenar a la misma distancia que si estás manejando un sedán, esto significa que la distancia de frenado de un auto será menor que la de un camión
Si los neumáticos o el sistema de frenos de un auto están desgastados, esto aumenta la distancia de frenado.
Las calzadas empinadas o pendientes pronunciadas también pueden alterar la distancia de frenado, y aún más en condiciones climáticas de humedad.
Si hacés un frenado de emergencia, la distancia de frenado suele ser menor. Esto es si aparece algún obstáculo en tu camino, por ejemplo. Aunque no tengas tiempo de calcular la distancia de frenado en esos momentos, es importante que tengas esto en cuenta en general y a la hora de hacer un chequeo en tu taller de confianza.
Lo más importante es la precaución: nunca te conviene manejar muy cerca del auto que tenés adelante. Es preferible mantener una distancia prudente para frenar, siempre.
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DISTANCIA DE FRENADO SEGÚN LA VELOCIDAD
Hay muchos métodos para calcular la distancia de frenado. Por ejemplo, si circulamos por autopista a una velocidad de 120 kilómetros por hora, para calcular la distancia de frenado hay que multiplicar al cuadrado la velocidad y dividir por 180. Así, a una velocidad de 120 kilómetros por hora, la distancia aproximada de frenado es de 80 metros. Si sumamos la distancia de reacción y la de frenado, podemos calcular la distancia de detención: en este caso, sería de 116 metros.
Distancia de frenado a 40 kilómetros por hora
Si el pavimento está seco y las condiciones son óptimas, la distancia de frenado a 40km/h es de 19 metros.
Si el pavimento está húmedo y las condiciones no son las mejores, se incrementa a 42 metros.
Distancia de frenado a 90 kilómetros por hora
Si el pavimento está seco y las condiciones son óptimas, la distancia de frenado a 90km/h es de 65 metros.
Si el pavimento está húmedo y las condiciones no son las mejores, se incrementa a 184 metros.
Distancia de frenado si voy a más de 110 kilómetros por hora
Si el pavimento está seco y las condiciones son óptimas, a 110 km/h la distancia es de 90 metros.
Si el pavimento está húmedo y las condiciones no son las mejores, se incrementa a 269 metros.
Si bien no vas a estar haciendo cuentas mientras manejás, es bueno tener estos conceptos en mente para el momento en que lo necesites. Se pueden evitar choques sólo con unos segundos de diferencia.
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Mantener una buena distancia de frenado es fundamental para evitar accidentes.
LA REACCIÓN DEL CONDUCTOR
Este factor mide la distancia que un vehículo recorre desde que el conductor advierte una situación de peligro y acciona el freno para evitarlo. Los estudios probaron que en este acto reflejo suele demorar 750 milisegundos (dicho de otro modo, tres cuartos de segundo), siempre que la persona se encuentre en perfectas condiciones físicas y mentales (es decir, sin influencia del alcohol o drogas, bien descansado, con buena visión, etc). También suele ocurrir que las personas mayores tarden más en reaccionar, al igual que los conductores inexpertos, por no estar acostumbrados a reaccionar rápidamente ante una situación inesperada.
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LA DISTANCIA DE FRENADO DEL VEHÍCULO
Este punto hace referencia a los metros que recorre el vehículo desde que se presiona el pedal de freno hasta detenerse totalmente. Por obvias razones, esta distancia aumenta de forma proporcional a la velocidad, por lo que es muy importante aumentar la distancia cuando se circula más rápido.
En este punto, los expertos suelen agregar otro parámetro: la frenada de emergencia, cuando el conductor, ante una situación de grave peligro, acciona el pedal de freno a fondo, lo que acorta el tiempo de frenado. Claro que ello trae aparejados otros peligros, ya que la detención es mucho más abrupta y puede hacer que alguno de los ocupantes del vehículo se golpee, o incluso salga despedido del habitáculo si no tomó la precaución de ponerse el cinturón de seguridad.
En los casos de frenadas de emergencia, la distancia suele reducirse a la mitad. Por ejemplo, a una velocidad de 70 km/h, la distancia de frenado «normal» es de 50 metros. En caso de emergencia, se reduce a 24,5.
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¿QUÉ FACTORES AFECTAN LA DISTANCIA DE FRENADO?
Los frenos Siempre deberían estar en buen estado y se debería mantener con regularidad. Discos o pastillas de freno fuertemente desgastados disminuyen el coeficiente de fricción y pueden duplicar la distancia de frenado en el peor de los casos. Por supuesto esto no ocurre de una pasado sino que es un proceso lento y paulatino. No obstante, en caso de emergencia marcar la diferencia entre sufrir un accidente o no.
Los neumáticos También los neumáticos son un factor determinante para la distancia de frenado sobre el que el conductor tiene influencia. El perfil es lo importante. No obstante, si la vía ya no es ideal, si está sucia o incluso mojada la situación cambia. La profundidad de perfil indicada es de 1,6 milímetros, aunque la recomendación de los expertos es bastante mayor, o sea, 3 milímetros. Solamente entonces se garantiza una distancia de frenado constante.
Tiempo y estado de la ruta Se debe adaptar la forma de conducir al tiempo y a la situación aumentando la distancia de seguridad y disminuyendo la velocidad. Muchos conductores no tienen claro cómo cambia la distancia de frenado según las condiciones climáticas. Con 100 km/h supone la distancia de frenado sobre una carretera seca 48 metros. Si la vía está mojada aumenta a 77 metros y si se encuentra cubierta de nieve aumenta la distancia de frenada hasta a 192 metros.
La pendiente Cuando se conduce cuesta arriba se acorta la distancia de frenado puesto que el vehículo ha de trabajar contra la cuesta. En pendientes descendientes ocurre lo contrario y la distancia de frenado aumenta con la misma fuerza de frenado. Como normal general se debería recordar que las pendientes descendientes alargan en cualquier caso la distancia de frenado por lo que se debería aumentar la distancia de seguridad.
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LÍMITES MÁXIMOS ESPECIALES:
En encrucijadas urbanas sin semáforos, la velocidad precautoria nunca será mayor a 30 Km. por hora.
En proximidad de establecimientos escolares, deportivos o de gran concurrencia de personas, durante su funcionamiento la velocidad nunca será superior a 20 Km. por hora.
En rutas que atraviesen zonas urbanas, la velocidad será de hasta 60 Km. por hora, salvo señalización en contrario.
VELOCIDAD MÍNIMA:
Se respetarán los siguientes límites:
En zonas urbanas y autopistas: la mitad del límite máximo establecido para cada tipo de vía.
En caminos y semiautopistas: 40 Km. por hora (exceptuados permisos y maquinarias especiales).
Los límites de velocidad establecidos en la Ley Nacional de Tránsito (tanto máximos como mínimos), no rigen para los vehículos policiales, bomberos, ambulancias públicas o privadas, cuando realicen la circulación de urgencia en desempeño de sus funciones. En estos casos, sus conductores deberán anunciar obligatoriamente la maniobra con sirenas o aparatos sonoros y balizas reglamentarias, en señal de advertencia, para que puedan ser distinguidos inconfundiblemente por conductores y peatones.
IDENTIFICACIÓN DE LOS LÍMITES DE VELOCIDAD
Los vehículos de transporte y las maquinarias especiales deben llevar en la parte trasera, un círculo reflectivo indicador de la velocidad máxima que les está permitido desarrollar.
Características del círculo reflectante:
Color: Blanco
Medidas: 25 cm. de diámetro
Números: color negro; altura de 15 cm.; ancho del trazo 2 cm.; posición centrada Información que debe contener: Cifra correspondiente a la velocidad máxima permitida para el vehículo portador.
Deben colocarse: En la parte posterior de los vehículos o acomplados, sobre el lado izquierdo, bien visible.
DISTANCIA ENTRE VEHÍCULOS – DISTANCIA DE SEGURIDAD
En el Capítulo “Prohibiciones”, la Ley Nacional de Tránsito prohíbe en la vía pública: conducir a una distancia del vehículo que lo precede, menor de la prudente, de acuerdo a la velocidad de marcha.
Para detener un vehículo se necesita espacio. La distancia de seguridad mínima requerida entre vehículos, de todo tipo, que circulan por un mismo carril, es aquélla que resulte prudente teniendo en cuenta la velocidad de marcha y las condiciones de la calzada, y del clima, y que resulte de una separación en tiempo de por lo menos DOS (2) segundos.
“Regla de los dos segundos”:
Observe el vehículo que va delante de usted y cuando éste pase por un punto fijo, como puede ser un letrero, árbol, puente, etc., cuente “mil ciento uno, mil ciento dos” (ello demanda aproximadamente dos segundos).
Si Ud. pasa por el mismo punto fijo antes de terminar de contar, es porque está siguiendo al otro vehículo muy cerca y debe aumentar la distancia.
La distancia debe ser mayor en horas de la noche, con mal tiempo o caminos en mal estado, o donde la visibilidad se ve reducida.
Distancia total de detención o parada:
Para lograr la detención total del vehículo, en condiciones normales, hay que considerar dos tiempos y dos distancias, a saber: a) Tiempo de reacción: es aquel tiempo que transcurre desde que el conductor percibe un obstáculo imprevisto, hasta el momento de poner el pie en el freno. Este tiempo varía fundamentalmente con las características y condiciones de conductor (visión y visibilidad, por ejemplo) y del medio ambiente. Para facilitar la comprensión del concepto se puede tomar un tiempo promedio de reacción de un segundo (usual en conducción). La distancia asociada al tiempo de reacción es el espacio recorrido durante ese lapso. b) Tiempo de frenado: es el que va desde que se acciona el freno hasta detenerse completamente.
Distancia de frenado es la recorrida durante ese lapso. Ésta, no depende sólo del conductor, sino de la carga del vehículo, la velocidad, condiciones del pavimento, de los neumáticos, etcétera.
La distancia total de detención: es la suma de la distancia recorrida durante el tiempo de reacción más la distancia de frenado.